El enigma jurídico de la UNAM en el ‘caso Yasmín Esquivel’: ¿por qué no retira el título?

En eso Caso Yasmin Esquivel todos los mimbres están claros: la ministra plagió su tesis de grado de 1987 a una alumna que la presentó un año antes que ella y lo hizo con la ayuda de la asesora de ambos estudiantes, Martha Rodríguez. Así lo ha acreditado la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) tras una extensa investigación, y por ello ha despedido este miércoles a la profesora. Sin embargo, la institución educativa más importante del país afirma que no tiene las herramientas para invalidar el título de juez, aunque el plagio está fuera de toda duda, como señaló el rector Enrique Graue. La UNAM expidió el título, sí, pero el abogado general de la universidad asegura que no se lo pueden quitar. Una interpretación que no es compartida por gran parte de la comunidad universitaria, que ve agravada la crisis de reputación que atraviesa la institución si no se toman medidas. Mientras la casa de estudios se estanca, Esquivel, que se niega a renunciar, sigue despachando en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), como si el escándalo nunca se hubiera desatado.

Cuando el Comité de Integridad Académica y Científica, a cargo del caso, terminó su análisis, hubo suspiros de alivio. Tras 20 días de investigación, la universidad concluyó que el trabajo de Esquivel era “una copia sustancial del original presentado en 1986 por un ex alumno de la Facultad de Derecho [Edgar Ulises Báez]”. Instantes después, el rector resaltó la conclusión y dejó caer un jarro de agua fría: nada se podía hacer para sancionarla.

En primer lugar, la legislación universitaria no cuenta con una norma expresa que permita la nulidad de los títulos una vez otorgados. Tampoco tipifica el plagio y sus posibles consecuencias. “No se puede cancelar el título porque no tenemos prevista una infracción cuando un alumno hace uso de una obra que no es suya”, explicó en entrevista el fiscal general Enrique Sánchez Castañeda. “Hay un vacío normativo, totalmente explicable, porque no partimos del supuesto de que se va a cometer una infracción”, añadió.

La maestra Martha Rodríguez, quien ya fue despedida de la UNAM, y la ministra Yasmín Esquivel.RR.SS. /EFE

La universidad publicó en 2018 una guía llamada Plagio y Ética, donde se lee: “En la UNAM, si bien se han emitido documentos sobre la materia, no existe una sección específica que regule con precisión las consecuencias jurídicas del plagio”. En este manual se destacan algunos artículos de la ley orgánica, el estatuto general, el reglamento del tribunal universitario y de la comisión de honor, en los que la Procuraduría General de la República venía apoyándose para abrir procesos disciplinarios. Estos se llevan a cabo ante el tribunal universitario porque “el plagio se equipara a un incumplimiento grave de las obligaciones”.

Sin embargo, la guía señala sus propias carencias: “Conviene decir que el criterio de interpretación sólo incluye al personal académico y, por tanto, deja un vacío normativo respecto al plagio cometido por los estudiantes”. A esta limitación se suma otra: hace más de 30 años Esquivel dejó de ser estudiante.

Ante esta situación, explica Pedro Salazar, exdirector del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, existen dos interpretaciones: la más formalista, adoptada por el fiscal general, y otra más amplia, que es la solicitada por parte de la comunidad universitaria. . “Estamos atrapados en un desacuerdo en las formas de entender la ley. Una visión muy rigurosa sostiene que la UNAM no tiene facultades expresas para poder retirar un título y que por lo mismo, simple y llanamente, no puede hacerlo. Esta forma de interpretación es que no se puede hacer nada más que crear un mecanismo preventivo y sancionador de cara al futuro”, explica el investigador.

Y agrega: “Hay otra concepción, que también es legal, que sostiene que frente al plagio probado, la universidad puede pronunciarse sobre la nulidad del título. Aunque el hecho ocurrió en 1987, pues en ese entonces la persona aún era estudiante. Por lo que puede ser imputable ante el tribunal universitario, pues aunque hasta el día de hoy lo sabemos, el trámite de titulación se realizó sin cumplir con todos los requisitos: la obra no era de autoría propia ni original. El acto de otorgar el título fue, por tanto, viciado”.

Reunión del Consejo Universitario de la UNAM, en marzo de 2022. Cuatro integrantes del Consejo Universitario firmaron este miércoles un documento que exigía la nulidad del título del ministro.
Reunión del Consejo Universitario de la UNAM, en marzo de 2022. Cuatro integrantes del Consejo Universitario firmaron este miércoles un documento que exigía la nulidad del título del ministro.Cortesía (cuarto oscuro)

De esta última opinión también es la abogada Vanessa Romero, quien señala, por ejemplo, el artículo 97 del Estatuto General de la UNAM, que establece que los estudiantes habrán realizado un acto contra el orden universitario cuando “hayan prestado o recibido ayudas fraudulentas en las pruebas.” El código de ética dentro de la universidad también establece que “se debe hacer un reconocimiento de autoría intelectual en todas las evaluaciones académicas o laborales”.

Para que esto se desencadene bastaría una decisión de las autoridades de la UNAM. Algunas voces proponen la intervención del Consejo Universitario, órgano con la máxima autoridad colegiada y que tiene competencias para resolver aquellos casos que no estén expresamente previstos en el reglamento. “Otros señalan que no es necesario ni el tribunal ni el consejo, sino que es una decisión dentro de los órganos administrativos de la universidad: el título es inválido”, agrega Salazar.

Si bien el caso de Esquivel es único, especialmente por el poder que ostenta el ministro como uno de los jueces más importantes del país, antes había antecedentes de plagio sancionado dentro de la universidad. El despido de la asesora Martha Rodríguez por “incurrir en falta de probidad u honradez en el desempeño de su labor como académica y directora de trabajos de tesis profesional en la universidad” es un ejemplo de ello. Tanto Romero como Salazar consideran insuficiente la expulsión de Rodríguez para arreglar el problema. “La bola de nieve no se puede parar con ese movimiento”, dice el abogado.

Otras soluciones fuera de la UNAM

La solución más fácil sería que el ministro dimitiera, reconocen todos los expertos. Pero Esquivel ya ha dicho que no se va a mover del cargo porque considera que su carrera es “impecable”: “No tengo nada de qué arrepentirme”. Esto abre otras opciones por la vía política o administrativa, explica la abogada Vanessa Romero. El primero sería el llamado juicio político, que puede realizar la Cámara de Diputados contra una lista de servidores públicos, entre los que se encuentran los ministros de la SCJN, para inhabilitarlos. Este camino ya se ha iniciado este jueves debido a la solicitud que ha presentado ante la Cámara el senador Germán Martínez, del grupo plural. Sin embargo, la vía puede tener poco que ver porque Morena, que tiene su apuesta en la Corte Suprema de Justicia en Esquivel, tiene mayoría de diputados.

La ministra Yasmín Esquivel y el presidente López Obrador, al salir de un acto formal en la Corte Suprema, el 15 de diciembre.
La ministra Yasmín Esquivel y el presidente López Obrador, al salir de un acto formal en la Corte Suprema, el 15 de diciembre.Isaac Esquivel (EFE)

Romero abre otra opción: considerar la expedición del título de Esquivel como un acto administrativo que podría declararse desierto. “El artículo primero del Estatuto de la UNAM indica que es un órgano desconcentrado, por lo que le es aplicable la Ley de Procedimiento Administrativo. Así, cualquier acto realizado por este órgano es un acto administrativo, como la expedición del título. Este acto es viciado, porque la tesis no era original y no cumplía con el objetivo de demostrar el conocimiento, que es lo que decía la legislación de 1987”, explica el abogado, quien señala que el artículo 3 de esa misma ley regula las consecuencias de saltarse el Para que se inicie este procedimiento, señala Romero, sería necesario que alguien afectado por alguno de los asuntos firmados por Esquivel en el pleno o en la segunda sala de la SCJN en los últimos años considere que “los actos de Esquivel le han causado un perjuicio”. .” y así tendría “derecho a acudir a la autoridad”.

En cuanto a la prescripción del delito, Romero señala que la Ley de Procedimiento Administrativo, en su artículo 79, contempla la posibilidad de que se trate de una infracción continua, lo que podría aplicarse en este caso: “Porque cada vez que dicta una resolución como ministra, ella está ejerciendo su título”. El letrado reconoce que “las cosas no están tan claras”, pero que para resolver el asunto “habría que ser un poco más valiente”. Mientras tanto, la parálisis de la UNAM deja una estela de consecuencias en la universidad más importante de América Latina y, al mismo tiempo, obliga a un foco abierto en la Corte Suprema.

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By México Actualidad

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